
El 20 de mayo ha entrado en vigor en toda la Unión Europea la nueva normativa sobre Inspección Técnica de Vehículos. Se trata de un paso muy importante ya que permitirá contar con una inspección más independiente, exigente y completa.
A partir de ahora se considerarán defectos graves o muy graves, no cumplir los siguientes requisitos:
- Los neumáticos deben ser del mismo tipo por eje, idénticos en marca, modelo, medida, índice de velocidad, de carga y en dibujo.
- Todos los neumáticos deben tener marca de homologación.
- Sus medidas y características deben ser iguales a las que se citan en la tarjeta ITV o en la de la homologación del vehículo.
- La profundidad de las ranuras principales de la banda de rodadura debe ser la reglamentaria, mínimo 1,6mm. Además, se comprobará que no haya un desgaste irregular en las bandas.
- No debe haber ampollas, deformaciones, roturas, grietas u otros signos que evidencien el despegue de alguna capa.
- Se vigilará que el montaje del neumático sea correcto, y compatible con la llanta.
- Los vehículos que transportan personas o mercancías, y monten neumáticos recauchutados, deben estar identificados con la palabra ‘REGROOVABLE’ o el símbolo Ω.
- Se comprobará que no hay interferencias del neumático con otras partes del vehículo.
Por otro lado, serán considerados como defectos leves:
- No disponer de la etiqueta que advierte de la velocidad máxima del vehículo, cuando lleve montados neumáticos de invierno o M+S.
- Fallo en el funcionamiento del sistema de control de la presión de aire de los neumáticos.
Otras novedades importantes son:
-Los vehículos podrán pasar la inspección hasta un mes antes de la fecha límite de vencimiento, sin que la siguiente fecha de inspección se vea modificada. Además de que en caso de no pasarla, el titular del vehículo puede decidir dónde pasar la segunda inspección, en la que sus operarios se limitarán a comprobar que, efectivamente, los defectos detectados en la primera han sido reparados.
-Se emplearán herramientas de lectura del sistema de diagnóstico a bordo (OBD).
-Este año 2018 se empezará con el control de emisiones y, será vía Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones de ITV donde se establezca cuándo y cómo se realizará el control del resto de elementos del vehículo (sistema antibloqueo de frenos, control de estabilidad, airbags, pretensores de los cinturones de seguridad, sistemas de alumbrado y señalización, prestaciones del motor, kilometraje, etc.).
–Vehículos históricos. A partir de ahora podrán ser catalogados como históricos aquellos vehículos con más de 30 años desde su primera matriculación en lugar de los 25 actuales.
-En cuanto a los vehículos comprados en el extranjero y matriculados en España, pasar la ITV dependerá de la legislación y plazos de inspección del vehículo, según su país de origen.